- Objetivo
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- Aprovechar el Beneficio Fiscal de deducir impuestos con la única intensión de que sean recursos que se utilizarán para el Retiro.
- Lo anterior con la posibilidad de siempre poder retirar el dinero cuando sea necesario por cambios de planes de vida o por alguna contingencia.
- Tratamiento Fiscal
- Deducibilidad de aportaciones al amparo del Artículo 151 fracción V de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR).
- Se deduce hasta el 10% de los ingresos acumulables del contribuyente en el ejercicio no pudiendo ser superior a 5 veces el salario mínimo vigente elevados al año.
- Para el año del 2017 sería:
- $ 80.04 X 5 días = $ 400.2 X 365 días = $ 146,073.00, tope de deducibilidad 2017. (La información presentada es una estimación realizada por el PENSIONISSSTE y la misma puede variar).
- Retención como pago provisional por parte de la AFORE cuando se trate de un retiro anticipado.
- Cuando sea retirado total o parcialmente antes de obtener una pensión o una negativa de pensión la AFORE hará una retención del 20% del importe retirado como pago provisional del ISR.
(Art. 145 LISR).
- Cuando sea retirado total o parcialmente antes de obtener una pensión o una negativa de pensión la AFORE hará una retención del 20% del importe retirado como pago provisional del ISR.
- Cuando se retira cumpliendo los requisitos de edad y términos de la Seguridad Social para obtener una pensión o negativa de pensión, el importe del retiro se acumulará a los demás haberes de retiro siendo exenta en una parte y gravable por el excedente.
(Artículo 93 fracción IV, V y XIII de la LISR y 165 a 171 del Reglamento ISR).
- Disponibilidad
- Si bien se considera desde el momento de hacer el depósito que se conservará hasta el retiro, esta subcuenta siempre deja abierta la posibilidad de retirar con anticipación a dicho evento y su tratamiento de disponibilidad es igual que la Aportaciones Voluntarias No Deducibles, es decir, a los seis meses de haber hecho la primera aportación o del último retiro.
- Es importante mencionar que como se hizo deducible del ISR a la entrada, en el momento de hacer un retiro anticipado a la pensión o negativa de pensión la AFORE hará una retención como pago provisional del ISR.
- Recomendaciones
- Mecanismo de ahorro ideal para complementar el monto constitutivo para el retiro, dejando siempre abierta la posibilidad de disponer anticipadamente del dinero ante una necesidad o deseo.
- Sí se realizara un retiro anticipado, es muy conveniente hacer la declaración de impuestos el año siguiente para compensar el impuesto pagado de forma provisional.